Certificación energética del edificio, ¿la tienes?

¿Sabías que la certificación energética es un documento imprescindible en cualquier contrato de compraventa o alquiler de un inmueble?

Esta obligación entró en vigor el 1 de Junio de 2013 con el Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril, en el que se estableció la necesidad de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. Dicho certificado debía incluir información objetiva sobre la eficiencia energética del edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios de éste puedan comparar y evaluarla.

 

Informe de certificación energética

En primer lugar y para entender el comportamiento energético del edificio vamos a explicar que existen dos elementos que determinarán ese comportamiento energético. Por un lado tenemos los elemento pasivos de la construcción, son aquellos que configuran el edificio afectando a su comportamiento, pero que no requieren de una aportación de energía para su funcionamiento. Dentro de los elementos pasivos podemos encontrar los tangibles, como son los propios de la obra, la configuración de la envolvente térmica, como es la fachada porcentaje de parte ciega y composición (de ladrillo, doble hoja, aislamiento…) y parte traslucida (el acristalamiento), la cubierta y otros elementos (soleras, medianeras…). Y también podemos encontrar elementos intangibles como es la propia ubicación, orientación del edificio, ventilación… En cualquier caso, todos estos aspectos intervendrán en las necesidades energéticas de los edificios y tendrán que reflejarse a la hora de definir un buen informe de certificación energética del edificio.

El otro elemento determinante en el consumo de energía del edificio son los aparatos térmicos que requieren de demanda y consumo de energía como son los aparatos de agua caliente sanitaria y calefacción y refrigeración.

En este sentido la certificación energética es un informe que dispone de varios apartados. El primero contiene los datos generales del inmueble, es la identificación del mismo, además de los datos del técnico certificador. En la parte inferior se indica la calificación energética global del inmueble, en términos de emisiones de dióxido de carbono liberado a la atmósfera.

La calificación obtenida del informe de certificación energética se expresa en una escala de la A a la G; siendo el A el valor más óptimo y el G el pésimo. El valor de consumo de energía se ofrece en Kw h/m2•año.

El informe de certificación energética también incluye cuatro anexos:

  1. Relativo a la descripción de las características energéticas del edificio.
  2. Desglosa la calificación energética del inmueble en la calificación de las diferentes demandas y consumos energéticos.
  3. Incluye recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética.
  4. Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas por el técnico certificador.

 

Cuándo se requerirá la certificación energética

Es obligación del propietario del bien inmueble facilitar el certificado en una transacción de venta como en un alquiler.

En caso de venta de un inmueble el propietario debe entregar el certificado energético al comprador. Además el certificado energético debe incluirse en el contrato de compraventa.

En caso de alquiler se debe mostrar y entregar una copia del certificado energético al inquilino. También se solicitará la certificación energética a la hora de depositar la fianza de un alquiler en el organismo oficial que corresponda.

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Como os podréis imaginar nosotros también disponemos de certificación energética para nuestro edificio de Apartamentos Attikos Gandía. Estamos de enhorabuena porque hemos obtenido clasificación B en emisiones de dióxido de carbono y clasificación C en consumo de energía primaria no renovable. Si queréis verlo al completo pinchad AQUÍ.

¡Y recordad! No dejéis de exigir vuestra certificación energética en la compra-venta o alquiler de un inmueble.

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